La única forma habitual es presentando y depositando todas las cuentas anuales pendientes de los ejercicios no presentados con un máximo de tres junto con el ejercicio en plazo. Si tienes más de tres años sin depositar, deberás regularizar los tres últimos años, presentando las cuentas de cada uno por orden de antigüedad.
Es decir, si estamos en el año 2025 y no se presentan las cuentas anuales desde el 2020, se han de presentar las Cuentas Anuales del 2024 ( en plazo dado que se presenta en el 2025) junto con el 2023, 2022 y 2021
