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Incidencias y Cuenta

He recibido una notificación de la AEAT o del Registro Mercantil

Qué hacer si te llega algo directamente a ti.

Si es una notificación electrónica de la AEAT, probablemente ya la hemos visto: la vigilancia diaria la detecta y te escribimos nosotros primero.

Si te llega por otra vía — correo postal, email, Registro Mercantil, Seguridad Social, una comunidad autónoma — súbela a la carpeta “Otros documentos” y avísanos el mismo día.

Por qué la prisa:

• Las notificaciones electrónicas se entienden recibidas a los 10 días naturales de su puesta a disposición, aunque no las abras.

• El plazo de contestación suele ser de 10 días hábiles.

• Dejar pasar el plazo convierte un trámite sencillo en una liquidación o una sanción.

La contestación a requerimientos ordinarios está incluida en tu plan. Si el asunto escala a inspección o recurso, te lo decimos y te pasamos presupuesto antes de actuar.

No puedo acceder al portal o no veo mis documentos

Descripción (campo Description de Intercom): Comprobaciones rápidas antes de escribirnos.

1. Entra con el mismo email con el que contrataste el plan.

2. Comprueba que estás en cuentasanuales.es/portal-empresa-al-dia/ y no en el Portal del Cliente de Cuentas Anuales.

3. Revisa spam y “promociones”: el email de acceso puede haber caído ahí.

4. Prueba en otro navegador o en ventana de incógnito; algunas extensiones bloquean la subida de archivos.

5. Si has subido un archivo y no aparece, recarga: los archivos grandes tardan unos segundos en procesarse.

6. Si el archivo supera los 25 MB, divídelo o comprímelo.

Si nada lo resuelve, escríbenos por el chat indicando el CIF y qué carpeta intentas abrir.

Vengo de otra gestoría: ¿qué le pido?

La lista para no perder información en el traspaso.

Pide a tu asesoría anterior, por escrito:

Balance de sumas y saldos y libro diario del último ejercicio cerrado.

• Fichero exportable de la contabilidad, si su programa lo permite.

Modelos presentados de los últimos cuatro ejercicios con sus justificantes.

Cuentas anuales depositadas y resguardos del Registro Mercantil.

Libros legalizados y su huella digital.

• Certificados de retenciones emitidos.

Revocación del apoderamiento que tuviera a su favor ante la AEAT.

La documentación contable y fiscal es tuya y están obligados a entregártela. Si no responden, dínoslo: podemos reconstruir la situación a partir de la información fiscal y registral disponible, aunque implica trabajo adicional que te presupuestaríamos aparte.

Renovación, cambio de plan y baja

Cómo termina o continúa el servicio.

Renovación. Te avisamos antes del vencimiento. Si no quieres renovar, basta con decírnoslo antes de la fecha.

Cambio de plan. Si superas el volumen, contratas personal o cambias de actividad, te proponemos el plan superior. Si tu sociedad queda parada, puedes bajar al Plan Empresa Inactiva.

Baja. Al causar baja:

• Completamos las obligaciones ya devengadas del periodo pagado.

• Te entregamos contabilidad, modelos presentados y justificantes.

Descarga tu documentación del portal antes de la fecha de baja.

• Revocas el apoderamiento otorgado a nuestro favor, o lo revocamos nosotros a tu petición.

Un aviso útil: planifica la baja mirando el calendario, no la fecha del contrato. El Modelo 200 y el depósito de cuentas de un ejercicio se presentan al año siguiente; asegúrate de quién se hace cargo de esos trámites antes de cortar.

Cómo contactar con nosotros

Canales y qué tener a mano.

Chat del centro de ayuda: la vía más rápida.

Teléfono: +34 682 13 51 66

Reunión: puedes reservar hora desde el enlace de la web.

Atendemos en español e inglés. Ten a mano el CIF de la sociedad: nos permite localizar tu expediente al momento.

Los modelos de la AEAT y el depósito en el Registro Mercantil se presentan siempre en español porque son documentos oficiales, pero el resumen y las explicaciones los recibes en el idioma que prefieras.

¿Ha quedado contestada tu pregunta?