He recibido una notificación de la AEAT o del Registro Mercantil
Qué hacer si te llega algo directamente a ti.
Si es una notificación electrónica de la AEAT, probablemente ya la hemos visto: la vigilancia diaria la detecta y te escribimos nosotros primero.
Si te llega por otra vía — correo postal, email, Registro Mercantil, Seguridad Social, una comunidad autónoma — súbela a la carpeta “Otros documentos” y avísanos el mismo día.
Por qué la prisa:
• Las notificaciones electrónicas se entienden recibidas a los 10 días naturales de su puesta a disposición, aunque no las abras.
• El plazo de contestación suele ser de 10 días hábiles.
• Dejar pasar el plazo convierte un trámite sencillo en una liquidación o una sanción.
La contestación a requerimientos ordinarios está incluida en tu plan. Si el asunto escala a inspección o recurso, te lo decimos y te pasamos presupuesto antes de actuar.
No puedo acceder al portal o no veo mis documentos
Descripción (campo Description de Intercom): Comprobaciones rápidas antes de escribirnos.
1. Entra con el mismo email con el que contrataste el plan.
2. Comprueba que estás en cuentasanuales.es/portal-empresa-al-dia/ y no en el Portal del Cliente de Cuentas Anuales.
3. Revisa spam y “promociones”: el email de acceso puede haber caído ahí.
4. Prueba en otro navegador o en ventana de incógnito; algunas extensiones bloquean la subida de archivos.
5. Si has subido un archivo y no aparece, recarga: los archivos grandes tardan unos segundos en procesarse.
6. Si el archivo supera los 25 MB, divídelo o comprímelo.
Si nada lo resuelve, escríbenos por el chat indicando el CIF y qué carpeta intentas abrir.
Vengo de otra gestoría: ¿qué le pido?
La lista para no perder información en el traspaso.
Pide a tu asesoría anterior, por escrito:
• Balance de sumas y saldos y libro diario del último ejercicio cerrado.
• Fichero exportable de la contabilidad, si su programa lo permite.
• Modelos presentados de los últimos cuatro ejercicios con sus justificantes.
• Cuentas anuales depositadas y resguardos del Registro Mercantil.
• Libros legalizados y su huella digital.
• Certificados de retenciones emitidos.
• Revocación del apoderamiento que tuviera a su favor ante la AEAT.
La documentación contable y fiscal es tuya y están obligados a entregártela. Si no responden, dínoslo: podemos reconstruir la situación a partir de la información fiscal y registral disponible, aunque implica trabajo adicional que te presupuestaríamos aparte.
Renovación, cambio de plan y baja
Cómo termina o continúa el servicio.
Renovación. Te avisamos antes del vencimiento. Si no quieres renovar, basta con decírnoslo antes de la fecha.
Cambio de plan. Si superas el volumen, contratas personal o cambias de actividad, te proponemos el plan superior. Si tu sociedad queda parada, puedes bajar al Plan Empresa Inactiva.
Baja. Al causar baja:
• Completamos las obligaciones ya devengadas del periodo pagado.
• Te entregamos contabilidad, modelos presentados y justificantes.
• Descarga tu documentación del portal antes de la fecha de baja.
• Revocas el apoderamiento otorgado a nuestro favor, o lo revocamos nosotros a tu petición.
Un aviso útil: planifica la baja mirando el calendario, no la fecha del contrato. El Modelo 200 y el depósito de cuentas de un ejercicio se presentan al año siguiente; asegúrate de quién se hace cargo de esos trámites antes de cortar.
Cómo contactar con nosotros
Canales y qué tener a mano.
• Chat del centro de ayuda: la vía más rápida.
• Email: [email protected]
• Teléfono: +34 682 13 51 66
• Reunión: puedes reservar hora desde el enlace de la web.
Atendemos en español e inglés. Ten a mano el CIF de la sociedad: nos permite localizar tu expediente al momento.
Los modelos de la AEAT y el depósito en el Registro Mercantil se presentan siempre en español porque son documentos oficiales, pero el resumen y las explicaciones los recibes en el idioma que prefieras.
